MEMORIA ELECTORAL
2020-2021 

Conocemos como candidatura a una ciudadana o un ciudadano, que son postulados por un partido político, o a través de la candidatura sin partido, o mejor conocida como candidatura independiente, que busca obtener el triunfo electoral a través de la mayoría de votos.

Las postulaciones pueden ser para la Gubernatura, diputaciones locales e integrantes de ayuntamientos, esta última mediante planilla para la totalidad de cargos de Sindicatura y regidurías.

Como se refiere con anterioridad, las candidaturas pueden ser postuladas por partidos políticos, de manera independiente, por coalición de partidos, en donde dos o más partidos deciden postular a candidaturas de manera conjunta, en por lo menos el veinticinco por ciento de los cargos en disputa en el ámbito estatal, pudiendo registrar candidaturas de manera separada en aquellos cargos a elegir no considerados en la coalición, con la intención de obtener el triunfo para una única candidatura; existe también la figura de candidatura común, en donde también dos o más partidos postulan a candidaturas únicas, con la condición de que deberá ser en la totalidad de los cargos a elegir.

Acuerdos de aprobación de candidaturas de partidos políticos, coalición, candidatura común, y candidaturas independientes de los órganos desconcentrados de este Instituto.

TOTALIDAD DE ACUERDOS, EMITIDOS POR LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Y EL CONSEJO GENERAL DEL IEEBCS. 

ACUERDOS