Este Instituto cuenta con reglamentación interna que consta de reglamentos, lineamientos, cuadernillos y acuerdos; mismos que rigen las actividades de manera interna para su ejecución.
La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos realizó los cálculos correspondientes a los límites del financiamiento privado que pueden recibir las y los candidatos independientes durante el periodo de campaña para el Proceso Local Electoral 2020-2021. Asimismo, en acatamiento de la Sentencia TEE-JDC-112/2021, elaboró el proyecto de acuerdo por el que se propusieron los límites del
financiamiento privado que podrán recibir las candidaturas independientes, y la modificación del acuerdo por el que se determinan las cifras del financiamiento público para gastos de campaña de las candidaturas independientes durante el Proceso Local Electoral 2020-2021.
El PREP es un sistema informático en el cual mediante la captura y publicación de la información plasmada en las Actas de Escrutinio y Cómputo de cada una de las casillas electorales, permite dar a conocer una vez concluida la jornada electoral, los resultados de carácter preliminar de la elección.
Con fundamento en el artículo 429 numeral 1 del Reglamento de Elecciones en su anexo 17, que determina las bases generales para regular el desarrollo de las sesiones de cómputo en las elecciones locales; en su anexo 21.1 que determina los Lineamientos para la organización del voto postal de las mexicanas y los mexicanos residentes en el extranjero para los procesos electorales locales 2021-2022; en su anexo 21.2, que determina los Lineamientos para la organización y operación del voto electrónico por internet para los mexicanos residentes en el extranjero para los procesos electorales locales 2021-2022.
De conformidad con los artículos 9 y 10 de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral para el Estado de Baja California Sur, los medios de impugnación tienen como finalidad revocar, modificar o confirmar los actos y resoluciones impugnadas y su objetivo consiste en garantizar que todos los actos y resoluciones de las autoridades electorales se apeguen a los principios de constitucionalidad y legalidad, así como otorgar definitividad a los distintos actos y etapas de los procesos electorales y garantizar la protección de los derechos político electorales de la ciudadanía.
Por lo que durante el Proceso Local Electoral 2020-2021, se presentaron en total 101 medios de impugnación, de los cuales 51 fueron ante el Consejo General, 32 ante los Consejos Municipales Electorales y 18 ante los Consejos Distritales Electorales, todos de este Órgano Electoral, a los cuales se les dio trámite con la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral para el Estado de Baja California Sur vigente durante dicho proceso.
Los resultados de las elecciones determinan las y los ganadores de las contiendas electorales y son la base para la asignación del número de curules en muchos sistemas electorales como el de nosotros.
El Consejo General aprobó los Lineamientos para la Integración, Funcionamiento, Actualización y Conservación del Registro Local de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur, través del acuerdo IEEBCS-CG136-DICIEMBRE-2020.
Durante el Proceso Local Electoral 2020-2021, se recibieron un total de 146 solicitudes de acceso a la información, las cuales se respondieron en su totalidad.
El Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur, es un Organismo Público Local en Materia Electoral, profesional en su desempeño, autónomo en su funcionamiento e independiente en sus decisiones, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, depositario de la autoridad electoral en la entidad, responsable del ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones.