El sistema “Candidatas y Candidatos – Conóceles” fue implementado por primera ocasión en el Proceso Local Electoral 2023-2024, en cumplimiento a lo establecido en el Anexo 24.2 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral.

Dicho sistema tuvo como principal objetivo la difusión mediante un sitio web respecto de diversa información de cada una de las candidaturas registradas para dicho proceso electoral, tanto en información curricular como de identidad. 

De un total de 661 candidaturas registradas, se tuvo una publicación en el sistema
“Candidatas y Candidatos – Conóceles”
de 501, representando con ello un porcentaje del 75.79%.

Para la correcta ejecución y cumplimiento de lo establecido en el Anexo 24.2, el Consejo General del Instituto mediante acuerdo IEEBCS-CG054-AGOSTO-2023 aprobado en sesión extraordinaria de fecha 31 de agosto de 2023, designó a la Unidad de Cómputo y Servicios Informáticos como la instancia interna para la coordinación de los trabajos inherentes al sistema “Candidatas y Candidatos – Conóceles”. En el mencionado Acuerdo, quedaron establecidas las siguientes atribuciones para la Instancia interna:

  • Ser responsable de la coordinación del desarrollo, de la implementación, operación y seguridad informática del Sistema.
  • Implementar las medidas de seguridad necesarias que garanticen la protección de los datos personales de las candidaturas en todo momento.
  • Coordinar la generación de las cuentas de acceso genéricas y por candidatura para la captura de información, así como su remisión a las candidaturas aprobadas y/o representaciones acreditadas ante los órganos competentes del OPL en un plazo de tres días naturales contados a partir del día siguiente a la aprobación de la candidatura.
  • En caso de sustituciones, coordinará la generación de las cuentas de acceso para la captura de información, así como su remisión a las candidaturas aprobadas, a más tardar en un plazo de tres días naturales, contados a partir del día siguiente a la aprobación de la sustitución en el Sistema de Registro de Candidaturas del OPL.
  • Entregar a los partidos políticos, Coaliciones, Candidaturas Comunes e Independientes el manual de usuario del Sistema, previo al inicio de las campañas electorales.
  • Ser responsable de las bases de datos generada por la captura de información del Cuestionario curricular y de datos personales sensibles del Cuestionario de Identidad que realicen los partidos políticos y candidaturas independientes en el Sistema.
  • Proporcionar a los partidos políticos, sus candidaturas y candidaturas independientes la capacitación necesaria para el uso del Sistema previo inicio de las campañas electorales.
  • Brindar apoyo técnico a los partidos políticos, sus candidaturas y a las candidaturas independientes para el uso del Sistema.

A su vez, en dicho Acuerdo quedaron establecidas diversas actividades que la
Instancia Interna deberá velar por su correcto cumplimiento

  • Ser responsable de la supervisión y verificación de la captura de contenidos del Cuestionario curricular y de Identidad que realicen los Partidos Políticos, sus candidaturas y las candidaturas independientes en el Sistema.
  • Informar a los Partidos Políticos, sus candidaturas y candidaturas independientes sobre aquellos cuestionarios curriculares y de identidad que no hayan sido respondidos, presenten información incompleta o no se apeguen a lo establecido en el artículo 18 de los presentes Lineamientos, una vez identificados.
  • Elaborar el aviso de privacidad integral y simplificado respecto a la información del Cuestionario Curricular y de Identidad que contiene el Sistema.
  • Analizar la información capturada en el Cuestionario de identidad del Sistema, a efecto de contar con datos estadísticos cuantitativos y cualitativos sobre la inclusión de otros grupos en situación de discriminación o de atención prioritaria para futuros PEL.
  • Al concluir las campañas electorales, dar vista al Consejo General cuando los Partidos Políticos, sus candidaturas o las candidaturas independientes incumplan con la obligación de publicar en el Sistema la información de los cuestionarios curricular y de identidad correspondientes, para que en su caso se inicie el procedimiento sancionador correspondiente, para que determine lo que en derecho proceda.
  • Publicar el formato de consentimiento expreso para que las candidaturas independientes puedan descargarlo, firmarlo y enviarlo a la cuenta de correo electrónico que determine la instancia interna responsable de coordinar el Sistema para su resguardo.
  • Elaborar y presentar ante el Consejo General los informes periódicos -cuando menos uno en abril y uno en mayo-, en los que se dé cuenta del avance cuantitativo en la captura de la información en el Sistema. Además, deberán presentar un informe final, en un plazo de cuatro (4) meses posteriores a la Jornada Electoral, para reportar los resultados finales de la captura de la información con base en la metodología, proporcionada por el INE, para el análisis cualitativo de la información capturada en el Sistema.
  • Remitir al INE los informes periódicos y final de los resultados presentados al Consejo General sobre la captura de la información en el Sistema.
  • Una vez recibido el consentimiento expreso de las candidaturas independientes, en el que deberá constar, en su caso, la autorización para hacer pública la información, procederá a hacer pública la información del cuestionario de identidad en el Sistema. Dicho consentimiento podrá ser revocado en cualquier momento por la persona titular de los datos personales, de conformidad con lo previsto en la Ley General de Datos Personales.
  • Recabar y resguardar en su archivo el consentimiento de tratamiento y el consentimiento expreso de las candidaturas independientes que decidan hacer pública su información del cuestionario de identidad en el Sistema.
  • Todas aquellas actividades que coadyuven en el cumplimiento de las responsabilidades de la instancia interna responsable de coordinar el sistema