La organización de elecciones es una función estatal que se realiza a través del INE y los OPL, que son organismos públicos autónomos, autoridades en la materia, en los términos que establece la Constitución.

Bajo esta tesitura, en las entidades federativas las elecciones locales estarán a cargo de los OPL (IEE de BCS en nuestro caso) y ejercerán, entre otras, funciones en las materias de escrutinios y cómputos en los términos que señale la Ley, declaración de validez y el otorgamiento de constancias en las elecciones locales y cómputo de la elección del titular del poder ejecutivo estatal, de acuerdo con el artículo 41, párrafo tercero, Base V, Apartado C, numerales 5, 6 y 7 de la CPEUM.

De tal forma, la aprobación por el consejo General del INE de las Bases Generales de los Lineamientos, actualizando al anexo 17 del Reglamento de Elecciones, proporcionó al IEE de BCS un instrumento normativo que lo auxilió en la elaboración de sus propios Lineamientos para el desarrollo de las sesiones de cómputo de las elecciones locales, conteniendo las directrices fundamentales que dotaron de legalidad y certeza a los resultados de las elecciones locales realizadas en el PLE 2023-2024; considerando las experiencias adquiridas en procesos locales anteriores.

Siendo así, el 27 de febrero del año 2024, en la sesión extraordinaria de la CECCOE, de conformidad a lo establecido en el artículo 429, numeral 1 del RE, el IEE de BCS aprobó la propuesta de lineamientos y el cuadernillo de consulta sobre votos válidos y votos nulos, para regular la sesión especial de cómputo de las elecciones locales electorales 2023-2024, sobre lo cual se ajustaron a las reglas previstas en el Capítulo V del Título III del propio Reglamento, así como a lo establecido en las bases generales y lineamientos que para tal efecto se aprobaron por el INE.