El artículo 11 de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral para el Estado de Baja California Sur señala que: “los partidos políticos y las coaliciones podrán interponer el recurso de Revisión para impugnar los actos o resoluciones de los Comités Distritales y Municipales Electorales”, así mismo, el artículo 18 menciona que será competente para resolver el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur.
En el Proceso Local Electoral 2023-2024 se presentó el siguiente Juicio de Revisión Constitucional ante el Consejo Distrital 11 de este Instituto; por el que se impugnó una determinación de ese órgano desconcentrado.
PARTIDO | CONSEJO DISTRITAL | FECHA DE INTERPOSICIÓN | FECHA | RESOLUCIÓN |
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Partido Encuentro Solidario Baja California Sur | 11 | 26/05/2024 | 01 DE JUNIO DE 2024 | IEEBCS-CG125-JUNIO-2024 |