Con fundamento en el artículo 32 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur, todas las servidoras públicas están obligadas a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de conflicto de intereses, bajo protesta de decir verdad, ante la Contraloría General de este Instituto.

Con motivo del Proceso Local Electoral 2023-2024, se realizaron nuevas contrataciones de personal por tiempo determinado para la integración de los Consejos Municipales y Distritales Electorales, pertenecientes al Instituto Estatal Electoral, así como del personal requerido por cada Dirección y/o área del Instituto para el desarrollo de las actividades de naturaleza electoral; entendiéndose, según menciona la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur, en su artículo 3, fracción XXVI, que los servidores públicos son las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en los entes públicos, entidades, en el ámbito estatal y municipal, y los Órganos Constitucionales Autónomos del Estado; sin distinción por percepción de sueldos, niveles de puestos, tipo o temporalidad del nombramiento.

Por lo anterior, se informó mediante oficios al personal de nuevo ingreso sobre la obligación de presentar las declaraciones correspondientes, para que dieran cumplimiento a esta obligación.

Asimismo, al inicio del Proceso Local Electoral 2023-2024 se llevó a cabo el Taller de Formación Práctica en Materia Electoral, participando esta Contraloría General en el módulo VI, donde se dieron a conocer las obligaciones en materia de responsabilidad administrativa.

Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Baja California Sur
Artículo 27

Para el buen funcionamiento del Instituto, serán atribuciones de las direcciones ejecutivas y la Contraloría General las siguientes:

La Contraloría General tendrá las facultades siguientes:

t) Recibir y resguardar las declaraciones patrimoniales y de conflicto de intereses que deban presentar las personas servidoras públicas del Instituto, conforme a los formatos y procedimientos que establezca la propia Contraloría General. Serán aplicables, en lo conducente, las normas establecidas en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur.